Impuestos y 2%

17 de Abril 2017 Columnas Noticias

Señor Director:

En línea con el criterio internacional (OCDE, FMI, entre otros), el Servicio de Impuestos Internos de Chile define a los impuestos como: “Pagos obligatorios de dinero que exige el Estado a los individuos y empresas que no están sujetos a una contraprestación directa (…)”.

Así, es curioso que en el debate de pensiones que se inicia, muchos insistan en que el 2% de mayor cotización que va a un fondo común redistributivo (sin contraprestación directa) no sería un impuesto, en este caso al trabajo, para quienes serán aportantes netos.

Es muy legítimo tener sus propias posiciones y defenderlas con argumentos. De eso se trata la discusión pública. Pero el debate se resiente si cada uno inventa sus propias definiciones.

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