Finanzas Estudiantiles
Datos de Interés
Fechas de vencimiento de cuotas
En nuestra página están publicados los valores de matrícula y arancel para el año 2012.
Asimismo, cada programa o curso tiene indicado el número de cuotas definidas para pagar el arancel lo que varía entre 10 y 11 cuotas.
Los programas y/o cursos que continúan el año académico siguiente, contemplan el pago de la matrícula para el año 2013 en diciembre del 2012. Conforme a lo anterior, las fechas de vencimiento de las cuotas son las siguientes:
Programas de 10 cuotas:
| 1/10 | 12 de marzo 2012 |
| 2/10 | 5 de abril 2012 |
| 3/10 | 7 de mayo de 2012 |
| 4/10 | 5 de junio de 2012 |
| 5/10 | 5 de julio 2012 |
| 6/10 | 6 de agosto de 2012 |
| 7/10 | 5 de septiembre de 2012 |
| 8/10 | 5 de octubre de 2012 |
| 9/10 | 5 de noviembre de 2012 |
| 10/10 | 5 de diciembre de 2012 |
| Matrícula 2013 | 12 de diciembre de 2012 |
Programas de 11 cuotas:
| 1/11 | 12 de marzo 2012 |
| 2/11 | 5 de abril 2012 |
| 3/11 | 7 de mayo de 2012 |
| 4/11 | 5 de junio de 2012 |
| 5/11 | 5 de julio 2012 |
| 6/11 | 6 de agosto de 2012 |
| 7/11 | 5 de septiembre de 2012 |
| 8/11 | 5 de octubre de 2012 |
| 9/11 | 5 de noviembre de 2012 |
| 10/11 | 5 de diciembre de 2012 |
| 11/11 | 7 de enero de 2013 |
Lugares de Pago
Las cuotas comprometidas con cuponeras, se pagan presentando el cupón en cualquier sucursal del Banco Santander Santiago. Estas también pueden ser pagadas por internet en el portal www.servipag.com. Las cuotas no deben ser pagadas en las Cajas de Servipag, ya que la Universidad no tiene convenio para ello.
Alternativamente, la Universidad mantiene oficinas de recaudación permanentes en las sedes de Viña del Mar y Presidente Errázuriz 3485, Las Condes.
Horario de atención: días hábiles de 9:00 a 18:00 hrs., horario continuado.
Condiciones de Pago de Cuotas
Conforme a lo estipulado en el Contrato de Prestación de Servicios y su anexo, las cuotas mensuales se pagarán en su equivalente en moneda nacional a la fecha de su pago efectivo, en el domicilio de la Universidad o en el de la institución recaudadora que ésta designe. La Universidad comunicará por escrito al Alumno la individualización de la institución recaudadora, en su caso. Para todos los efectos, se entenderá que las cuotas son pagadas en el orden de su vencimiento.
El no pago íntegro y oportuno de cualquiera de las cuotas, faculta a la Universidad para exigir el pago total de lo adeudado, como si se tratara de una obligación a plazo vencido.
Por cada día de atraso en el pago, se devengará en forma automática el interés máximo convencional para operaciones de crédito de dinero en moneda nacional reajustables que rige a esta fecha. El interés se aplicará sobre el capital reajustado, debiendo para tales efectos capitalizarse los reajustes e intereses cada treinta días.
Transcurridos 15 días de atraso, se aplicará adicionalmente un recargo, a título de multa, por concepto de gastos de cobranza extrajudicial, equivalente a los siguientes montos: 9% sobre la deuda, si ésta no supera las 10 UF; 6% sobre la parte de la deuda que exceda de 10 UF y hasta las 50 UF; y, 3% sobre la parte de la deuda que exceda las 50 UF.
La cobranza judicial podrá ser realizada por terceros contratados por la Universidad, cuya individualización así como la forma en que se efectuará la cobranza serán comunicados oportunamente al Alumno.
El Alumno y/o su Sostenedor faculta irrevocablemente a la Universidad para incluir su nombre, sus antecedentes y los de su deuda, en los listados de deudores morosos que se remitan a los servicios de información comercial.
El incumplimiento de las obligaciones asumidas, da derecho a la Universidad para suspender parcial o totalmente la prestación de los servicios educacionales, incluída la obtención de una licenciatura o título profesional, y también los servicios complementarios, tales como emisión de certificados y cartas de patrocinio. El alumno puede quedar suspendido de todos los beneficios estudiantiles, entre otros, el derecho a acceso a Intranet y la inscripción de cursos o el acceso a la plataforma de webcursos.
Restricciones por Morosidad
La Vicerrectoría de Asuntos Económicos y Administrativos de la Universidad informa que están vigentes las siguientes restricciones que afectarán a los alumnos que adeuden cuotas educacionales:
Se inhabilitará el acceso a Intranet: con 2 cuotas impagas y/o a contar del día de registro en el sistema financiero de un cheque protestado.
Se inhabilitará el acceso a todos los sistemas de la Universidad (correo, webcurso, computadores, agenda, etc.): con 3 cuotas impagas, y/o a contar de 10 días de mantener un cheque protestado sin aclarar.
Solicitamos tomar las correspondientes medidas para evitar caer en las causales de restricción mencionadas y eventualmente interrumpir sus estudios en la Universidad conforme al Reglamento Académico y al Contrato de prestaciones de servicios educacionales suscrito.
Las medidas antes mencionadas están orientadas a permitir que la Universidad cumpla oportunamente con los compromisos adquiridos con todos sus estudiantes, sus proveedores y su personal.
Preguntas Frecuentes
1.- ¿Qué sucede si el alumno se retira o suspende sus estudios, respecto del pago de las cuotas?: Los períodos académicos son semestrales. Si un alumno se retira o suspende temporalmente sus estudios en el transcurso de un semestre, debe completar el pago de las cuotas del semestre en curso. Si se retira o suspende un período académico antes del inicio de éste, y formaliza su situación debidamente, no deberá pagar las cuotas correspondientes a ese período.
2.- ¿Qué trámite debe hacer el alumno para formalizar su retiro o suspensión temporal?: De acuerdo al Reglamento Académico debe dirigir una carta al Decano firmada tanto por el alumno como por su Sostenedor Económico. Más detalles en el Reglamento Académico.
3.- ¿Qué pasa con el Contrato si el alumno es Eliminado o se Retira Voluntariamente?: Una vez canceladas todas las obligaciones económicas propias del servicio prestado y verificada la situación del alumno en términos de las formalidades establecidas en el Reglamento Académico, el Contrato está a disposición del alumno o Sostenedor para su retiro.
4.- ¿Qué se entiende por Sostenedor Económico?: Es aquella persona que responde económicamente por los estudios del alumno y firmó el Contrato de Prestación de Servicios. Esta persona, bajo ciertos requisitos, queda cubierta por un Seguro de Escolaridad en caso de fallecimiento o invalidez total, cubriendo los costos de la carrera del alumno.
5.- ¿En qué consiste el Seguro de Accidentes?: Es un Seguro Complementario que opera post Isapre, que cubre al alumno de accidentes las 24 horas del día.
Contáctanos
Si no encuentra respuesta a su consulta o duda de orden financiero en esta página, contáctenos exclusivamente por email al correo
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, identificandose con el nombre y RUT del alumno. Recibirá respuesta dentro de 48 horas hábiles máximo.
En el campus de Viña del Mar y en la sede Presidente Errázuriz 3485, Las Condes, recibirá atención personalizada a sus consultas o situaciones de orden financiero. Lunes a viernes de 9 a 18 horas.
Certificados
Para obtener los certificados para optar a créditos bancarios, los alumnos deben dirigirse personalmente a:
- María Teresa Martínez, en Peñalolén.
-
Ivonne Saavedra, en Recreo.








